Ordenanza nº: 2651/12
Chos Malal, 12 de junio de 2012
VISTO:
El
Expte HCD Nº 1302/12;
La nota presentada por
integrantes de la
Comisión Organizadora de la VII Edición de la Fiesta Nacional
del Chivito, la Danza
y la Canción con
fecha 18 de mayo; y
CONSIDERANDO:
Que, dicha festividad es uno
de los principales acontecimientos culturales de la Provincia del Neuquén y
de la región patagónica, encontrándose este año a cargo de una Comisión
Organizadora creada al efecto;
Que, la misiva enviada por
dicha Comisión reza la necesidad de realizar un cambio en la fecha de edición,
por cuanto el día lunes 26 de Noviembre de 2012 ha sido decretado
feriado por la Presidencia
de la Nación ,
por lo que el Poder Ejecutivo nos ha remitido dicha solicitud;
Que la Ordenanza 2583/11 en su
artículo Segundo permite a este cuerpo modificar la fecha de celebración de la
fiesta a pedido del Ejecutivo, cuando exista una razón atendible para ello;
Que, el feriado del 26 de
noviembre nos brindaría la posibilidad de realizar la Fiesta en un fin de semana
largo y así promover en mayor medida el turismo, como también transmitir,
consolidar y proyectar nuestras raíces, valores históricos y sociales,
protegiendo, apoyando y estimulando todas las expresiones culturales con un
domingo importante dentro de la
Fiesta ;
Que, es
necesaria la norma legal que determine la fecha en que se debe llevar a cabo la Fiesta Nacional
del Chivito, la Danza
y la Canción en caso de excepción;
Por todo ello:
EL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE CHOS MALAL
SANCIONA CON FUERZA DE
O R
D E N
A N Z A
Artículo 1º: Establécese
como fecha de
realización de la VII
Edición de la Fiesta Nacional del Chivito, La Danza y La Canción , los días 22, 23,
24 y 25 de Noviembre de 2012, por las consideraciones expuestas.-
Artículo 2°: Comuníquese a la Comisión Organizadora
de la VII Edición
de la Fiesta Nacional
del Chivito, la Danza
y la Canción
y al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Artículo 3º:
Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
Dado
en la Sala de
Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la ciudad de Chos Malal, en
Sesión Ordinaria a los Doce (12) días del mes de Junio del año Dos Mil Doce,
por unanimidad de votos de los Concejales presentes, según consta en Acta
número 1468, del libro respectivo de este Cuerpo.-
Es
copia del original que obra en
los
archivos de este Concejo
FDO.
RIQUELME
DURAN
CAMPEANO
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